02929 - 432092

Guamini, 17 de Junio de 2.020.-

 

DECRETO N° 481

 

VISTO:

           El Decreto Nacional N°520/2020 y la Resolución Provincial N°260/2020;

        

CONSIDERANDO:

 

            Que, en ese marco, se ampliaron, paulatinamente, las excepciones dispuestas inicialmente.- 

            Que en esta etapa, se hace hincapié en la responsabilidad individual y colectiva de cada vecino, prestando especial atención al respecto de las normativas vigentes.

Por ello: 

EL  INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

D E C R E T A

 

Art. 1º:  Ampliase el listado de actividades y servicios permitidos, ingresando el Distrito de Guamini en la Fase 5 dentro de los términos previstos en Decreto Nacional N° 520/2020 y  la Resolución Provincial N° 260/2020 -según se establece a continuación:

 

Art. 1: Actividades recreativas con distanciamiento social, actividades culturales y sociales con distanciamiento físico, siempre y cuando se de cumplimiento a los protocolos de funcionamiento, que contemple la totalidad de las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria nacional.-

 

Art 2º.- Que las excepciones otorgadas a través de la presente podrán ser dejadas sin efecto en forma total o parcial, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria provincial y conforme a su evolución.-

 

Art 4º: Remítase copia del presente a las autoridades policiales competentes en el Distrito, al Juzgado de Paz Letrado y a la Ayudantía  local del Ministerio Público Fiscal Provincial), regístrese y archívese.--------