Guaminí, 20 de Marzo de 2.020.-
DECRETO Nº 270
VISTO:
La nota elevada por el Secretario de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Guaminí Señor Julio C. Erramuspe, informando que no cuenta con herramientas y personal necesarios para realizar la obra de cordón cuenta en la localidad de Laguna Alsina; y
CONSIDERANDO:
Que es necesario contratar una empresa especializada en la realización de cordón cuneta.-
Por ello, y en virtud a lo establecido por el artículo Nº 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y Art. 161 Bis del Reglamento de Contabilidad.-
Por ello.-
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GUAMINÍ EN USO DE SUS FACULTADES
D E C R E T A:
Art. 1º: Declárese la incompetencia de la Secretaria de Obras y Servicios ------------ Públicos para llevar adelante la obra de construcción de Cordón Cuneta en la localidad de Laguna Alsina, según lo expresado en el Visto y Considerando.-------------------------------------------------------------------------
Art. 2º: Dispónese la contratación de profesionales habilitados para la ----------------- realización de las tareas citadas en el artículo anterior, abonándosele los honorarios de acuerdo a lo establecido por el Art. Nº 148, cuarto párrafo, de la Ley Orgánica de las Municipalidades y Art. 161 Bis del Reglamento de Contabilidad.-----------------------------------------------
Art. 3º: Comuníquese, tomen razón las oficinas respectivas, regístrese y ------------ archívese.-------------------------------------------------------------------